viernes, 22 de marzo de 2013

TRES PIEZAS ARQUEOLÓGICAS MAYAS HONDUREÑAS EN REMATE

Tres valiosas piezas arqueológicas halladas en el Valle del Ulúa y en la región de Copán, que forman parte del patrimonio cultural de Honduras, serán sometidas a subasta hoy 22 de marzo del 2013, en Paris, Francia, por la casa londinense Sotheby's.
Lote 34 Vaso tallado en mármol blanco encontrado en el Valle de Sula  (El Porvenir, San Manuel, Cortés)
Las tres piezas hondureñas, catalogadas por esa casa de subastas como “lote 34”, “lote 221” y “lote 213”, integran un conjunto de 35 joyas precolombinas mayas extraídas de México, Guatemala y Honduras. A través de la página web (www.sothebys.com), Sotheby's ha indicado que la venta al mejor postor será realizada este 22 de marzo a las 4:00 de la tarde CET (Hora de Europa Central), es decir, a las 9 de la mañana de Honduras.
LOTE 34
Por un precio de salida estimado entre los 40 mil y  50 mil euros (alrededor de un millón 300 mil lempiras) Sotheby's venderá el lote 34, el cual corresponde a un vaso precolombino, esculpido en mármol blanco.
Este vaso, encontrado en el Valle de Ulúa, tiene una dimensión de 18 centímetros por 7 centímetros. La pieza data del período comprendido entre el año 800 y 1200, después de Cristo.
El vaso hondureño, que venderá Sotheby's, posee dos asas y una superficie esculpida con figuras relativas a espirales; dos franjas angostas (una en la parte  superior y otra en la parte inferior) de escamas. En el centro, muestra dos ojos y una dentadura zoomorfa.
Estos elementos decorativos conformaron el mundo del simbolismo religioso de los antiguos mesoamericanos: la figura del espiral representa el mar y el agua; las escamas la culebra y evocan a Quetzacóatl (Kukulkán), la “Serpiente emplumada”, dios de la renovación en la cosmovisión maya. Vasos como el que posee Sotheby's, el Museo de Antropología e Historia de San Pedro Sula los exhibe de manera permanente. En ellos se destacan las figuras alusivas a cabezas de jaguares y aves.
El museo le presenta a los visitantes 16 piezas (vasos, escudillas, tazas, tazones y  platos con trípode) que, de acuerdo con investigaciones realizadas por arqueólogos, eran utilizadas por las élites del Valle del Ulúa durante los períodos Clásico Tardío (600 dC a 850 dC) y Clásico Terminal (850 dC a 1000 dC).
Lote 221 Pendiente tallado en Jade, encontrado en Copán
LOTE 221
Esta día, Sotheby's tiene previsto subastar a un precio de entre 25 mil y 30 mil euros (unos 800 mil lempiras) un pendiente maya labrado en jadeíta verde y encontrado en Copán. La estatuilla es alegórica a un hombre que se muestra de pie y con las manos alzadas a la altura del pecho. Mide 10 centímetros de alto por 4 centímetros de ancho. Esta pieza maya data del Período Clásico (Valle de Copán), situado entre el año 600 y 900, después de Cristo.

Lote 213 
LOTE 213
La tercera pieza a subastar, por un precio que podría moverse entre los 3 mil y 4 mil euros (aproximadamente 100 mil lempiras), es una figura de una mujer adulta famélica y de extremidades (superiores e inferiores) cercenadas.
La figura, de barro café con pigmento anaranjado, mide 8 centímetros de alto. Data del Período Preclásico maya, entre 900 a.C y 600 d.C.
DE MUSEO
En las descripciones presentadas al público interesado en adquirir las piezas, Sotheby's afirma que  las tres piezas hondureñas y las otras integraban la colección del museo privado Museo Barbier-Mueller de Arte Precolombino de Barcelona, de Barcelona, España.
Después de mantenerse abierto 15 años, en septiembre de 2012, el Museo Barbier-Mueller cerró sus puertas y las más de 300 piezas que exhibía las envió a París para que Sotheby's las vendiera.
Las piezas, entre ellas las hondureñas, las reunió a partir de 1920 Josef Mueller y su yerno Jean-Louis Barbier en Ginebra, Suiza, donde existe la sede del Barbier-Mueller (www.barbier-mueller.ch), fundado en 1977.
¿VENTA PROHIBIDA?
Considerando la Ley Para la Protección del Patrimonio Cultural de Honduras, Sotheby's realizará una venta prohibida, puesto que los objetos arqueológicos componen el patrimonio cultural. Según el artículo 16, “los bienes culturales no podrán ser objeto de donación o compra-venta ni podrán ser transferidos por causa de muerte. En este último caso, el Instituto Hondureño de Antropología e Historia, procederá a la recuperación inmediata de los referidos bienes (…)”.
Sotheby's es la casa de subastas más antigua del mundo. La fundaron en 1744 en Londres y, en 2o13, posee 90 sucursales en 40 países, entre ellos Francia. Francia, Reino Unido y Honduras son suscriptores de la “Convención sobre las Medidas que Deben Adoptarse para Prohibir e Impedir la Importación, la Exportación y la Transferencia de Propiedad Ilícitas de Bienes Culturales, celebrada por la UNESCO en París en 1970.
El literal “c” del “Artículo primero” de la Convención explica que forman parte del patrimonio cultural las piezas que sean “el producto de las excavaciones (tanto autorizadas como clandestinas) o de los descubrimientos arqueológicos”.
DENUNCIADA
A excepción de Honduras, Guatamala, México, Perú y otros países han denunciado internacionalmente a Sotheby's en casos anteriores relacionados con la comercialización de piezas que integran el patrimonio cultural.
OPERACIÓN INTERNACIONAL
La Convención sobre las Medidas que Deben Adoptarse para Prohibir e Impedir la Importación, la Exportación y la Transferencia de Propiedad Ilícitas de Bienes Culturales  autoriza a los países afectados a reclamar piezas y montar operaciones internacionales para recuperarlas.
Artículo 9
“Todo Estado Parte en la presente Convención, cuyo patrimonio cultural se encuentra en peligro, a consecuencia de pillajes arqueológicos o etnológicos podrá dirigir un llamamiento a los Estados interesados.
Los Estados Partes en la presente Convención se comprometen a participar en cualquier operación internacional concertada en esas circunstancias, para determinar y aplicar las medidas concretas necesarias, incluso el control de la exportación, la importación y el comercio internacional de los bienes culturales de que concretamente se trate. Mientras se transmita el establecimiento de un acuerdo, cada Estado interesado tomará disposiciones provisionales, en cuanto sea posible, para evitar que el patrimonio cultural del Estado peticionario sufra daños irreparables”.